El Parto Respetado es un derecho
La Semana Mundial del Parto Respetado tiene como objetivo generar conciencia para que se respeten los derechos de las personas gestantes y su recién nacidx. El parto respetado o humanizado garantiza la soberanía de las personas gestantes sobre sus cuerpos para que puedan decidir cómo, dónde y con quién parir. La mayoría de ellasque desean y quieren tener un trabajo de parto y parto fisiológicopueden ser parte en la toma de decisiones, incluso si éstas requieren o desean intervenciones médicas.
¿Conocés tus derechos y lxs de tu hijx durante el proceso de nacimiento?
El empoderamiento lo logramos con información. Este proceso se enmarca en la Ley 25.929 de parto humanizado que fue aprobado en 2004 pero reglamentada en 2015 y que pone en relieve el derecho de toda persona gestante a elegir poder parir con conocimientos y preparación.
Para las personas gestantes contempla los siguientes derechos y son en relación al embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto:
- Ser informadx sobre las distintas intervenciones médicas de manera que pueda optar libremente, de haber, otras alternativas
- Ser tratadx con respeto, de modo individual y personalizado que le garantice intimidad, en consideración de sus pautas culturales.
- Ser consideradx como persona sana
- Al parto natural, debe ser respetuoso de los tiempos biológicos y psicológicos, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación no justificados
- Recibir información sobre la evolución de su parto
- No ser sometidx a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación, salvo que esto sea con consentimiento informado
- Estar acompañadx por una persona de confianza y elección durante todo el proceso, que incluye el trabajo de parto, parto y postparto
- Tener a su lado a su hijx, a menos que la persona recién nacida lo requiera
- Recibir información sobre los beneficios de la lactancia materna y apoyo para amamantar.
- Recibir asesoramiento sobre los cuidados de sí misma y de la persona recién nacida
- Recibir información sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas
La ley contempla, también, los siguientes derechos para toda persona recién nacida:
- Recibir trato respetuoso y digno
- A inequívoca identificación
- No ser sometida a ningún examen o intervención con propósito de investigación o docencia, salvo consentimiento informado
- Internación conjunta con la persona gestante
- Que sus responsables reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación
La ley, además, enumera los derechos que tenemos como familia
- Recibir información comprensible, suficiente y continuada, en un ambiente adecuado, sobre el proceso o evolución de la salud de su hijx, incluyendo diagnóstico, pronóstico y tratamiento
- Tener acceso continuado a su hijx mientras la situación clínica lo permita, así como a participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia.
- Prestar su consentimento manifestado por escrito para cuantos exámenes o intervenciones se quiera someter al niñx con fines de investigación, bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética
- Que se facilite la lactancia materna de la persona recién nacida siempre que no incida desfavorablemente en su salud
- Recibir asesoramiento e información sobre los cuidados especiales de la persona recién nacida
Hablamos de parto y también de cesárea humanizada. Esta, para que sea respetada, debe ser necesaria, como imprescindible e inevitable.
¿Qué es la cesárea humanizada?
En la cesárea humanizada o respetada se permite a la persona gestante estar acompañada por una persona de su elección, que actúe de soporte emocional y contribuya a mejorar la viviencia respecto a la cirugía, también se fomenta el contacto "piel con piel" con la persona recién nacida, inmediatamente después de que sea extraída, siendo incluso posible el amamantamiento en el mismo quirófano, si la persona desea hacerlo.
Violencia obstetricia
La definición está dentro de la Ley Nacional Nº 26.485 de Protección Integral a las Mujeres en el Art. 6 inciso E) Violencia obstétrica: Es aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley Nº 25.929.
Entonces, si hablamos de parto respetado o humanizado, debemos hablar de la violencia obstetricia, ya que es una de las violencias más invisibilizadas y, en muchos casos naturalizada, que ocurre cuando la persona gestante se siente vulnerada en sus derechos durante la gestación, el parto y el postparto, y contempla también los derechos de la persona por nacer o recién nacida y de la familia.
Fuente: Dra. Fabiana Taul de Soberanía Menstrual
Conocé la Ley