Opinión

Justicia con cuerpo de mujer y mirada machista

"Justicia con cuerpo de mujer y mirada machista"
Por @Debogalan

5 de junio de 2020

Por: Débora Galán

Conmocionadas y preocupadas por el fiscal de Chubut, Fernando Rivarola, con su terminología machista y sin sustento legal de “desahogo sexual” para expresarse ante un abuso sexual con acceso carnal en manada. Me veo en la obligación como abogada, como feminista y como referente política, en hacer una reflexión en voz alta. Ese levantar la voz en estas líneas, es levantar la bandera de la justicia.

Desde hace siglos la justicia es representada en estatuas e imágenes por Temis, quien era conocida por ser la diosa griega que imponía el orden en el mundo natural y, por ende, asociada a las estaciones del año. Tenía un papel fundamental en cuanto al orden sobre la naturaleza y la humanidad, por eso las personas buscaban su consejo. La balanza que equilibra los pesos y es representación de la justicia moderna, la espada simboliza la ejecución de las medidas y la venda en los ojos, que aparece después, representa las decisiones imparciales. 

La justicia utiliza una alegoría de mujer, pero cuando deben ocupar espacios de decisión y poder o deben ser juzgadas, ya no representa ese ideal de justicia sabia, sino que empiezan a jugar las desigualdades sociales y de género que históricamente dieron origen al patriarcado. De hecho, el derecho que dio origen a la legislación argentina tiene su origen en el derecho romano, la raíz, el corazón del Derecho Civil; el Derecho Civil, desde sus orígenes, regula las relaciones más importantes, que son las relaciones entre personas y con su patrimonio. Ese derecho romano es el que en sus orígenes cosificaba a las mujeres, les ponía un precio, las abusaba y condenaba por situaciones que hoy son sancionadas penalmente. Costó décadas erradicar normativas discriminatorias, estigmatizantes, criminalizantes para con las mujeres. También en el Código Penal llevó trabajo y lucha incorporar delitos de género, avanzar en los valores jurídicos que protejan nuestra integridad física y sexual, nuestros cuerpos, algo tan descalificado, incomprendido, poco respetado, que todavía sigue valiendo nada si comparamos condenas por robo, por abuso sexual o por lesiones.  

Desde antaño, la conformación de los juzgados y tribunales de justicia son constituidos por varones. Fue después de mucho caminar, transitar, batallar para las mujeres de nuestra historia que, por fin, por primera vez en 1970 tuvimos una ministra de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Margarita Arguas, con sobrada trayectoria en el Derecho nacional e internacional.  Desde ese entonces, solo llegaron tres mujeres a ser ministras de la Corte. Por supuesto que, como en otros ámbitos y profesiones, a las mujeres se nos exige que seamos lo más calificadas posibles, que nuestro currículum sea espectacular, requisito poco alcanzado por muchos hombres que llegan a ocupar lugares de poder, tanto en los tres órganos de poder del Estado como en el ámbito empresarial si analizamos el techo de cristal. 

Retomando la justicia y el machismo, según estadísticas, las mujeres ocupan más del 50% de los lugares de trabajo, aunque no llegan a ocupar muchos cargos altos, integrar tribunales de alzada o ser miembro de Supremas Cortes provinciales. Elena Highton de Nolasco es la única magistrada de cinco que componen la CSJN. La Dra. Hilda Kogan es la única ministra de cinco que componen la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Por supuesto que también existen el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa, tanto nacional como provincial. Por supuesto que existe también, en la órbita municipal, la justicia de faltas. 

La discusión, también, puertas adentro es: ¿Necesitamos más mujeres, menos varones? o ¿Más mujeres feministas en la justicia o más varones con perspectiva de género? La respuesta, me arriesgo a dar mi opinión, es que necesitamos, primero, el debido cumplimiento de la Ley Micaela, pero sin tanta presentación pomposa, ni mediática, ni banal. Necesitamos que el mecanismo que pone en marcha la administración de la justicia, Poder Judicial, Ministerio Público Fiscal y de la Defensa se forme en géneros y diversidades y que esa formación sea para cualquier género. Además, necesitamos que más mujeres puedan acceder a ocupar lugares de discusión, decisión y poder. Que esas mujeres sean la expresión de las necesidades de todas y todes, será la tarea de formación con perspectiva de género, pero también de una construcción de conciencia de género. 

Nos enseñan a tener conciencia de clase, pero no de género. Si somos conscientes que ser mujer no es ser sinónimo de ser feminista y no se entiende que ser feminista es perseguir la igualdad de oportunidades entre los géneros, erradicar las violencias y discriminaciones y, fundamentalmente, eliminar la desigualdad de poder entre hombres y mujeres, no podemos deconstruir la concepción patriarcal de las instituciones del derecho, de los órganos de poder del Estado y de la cultura que heredamos.

El caso de Lucía Pérez en 2016, adolescente de 16 años, nos heló la sangre, nos dejó perplejas.  Es emblemático en la justicia bonaerense por no imputar a los autores de femicidio y abuso sexual agravado, sino que se los absolvió de los mismos. La expresión máxima de la justicia sexista y misógina, juzgar a la víctima por ser joven, mujer y tener experiencia sexual previa. Ventilaron su intimidad, juzgaron su comportamiento cuando la justicia debe en un juicio penal basarse en los hechos, pruebas, pericias, testigos y determinar por el accionar del imputado si es culpable o no y no al revés.  Por eso, la absolución de los autores del hecho. Por su homicidio y violación nadie fue imputado. Es la misma justicia bonaerense que no sanciona a los violadores seriales de restricciones perimetrales por violencia de género, delitos que se desprenden del tipo de violencia física o sexual. 

Cito extracto del fallo de las intervenciones de los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 de Mar del Plata: “¿Era Lucía una adolescente que podía ser fácilmente sometida a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento? De las conversaciones mencionadas (chats) surge claramente que Lucía tenía relaciones sexuales con quien y cuando quería. Resulta muy importante para reforzar esta idea de que Lucía no estaría con nadie sin su consentimiento. En primer lugar, porque ha quedado demostrado que Lucía no era una drogadependiente que echara mano a cualquier recurso para conseguir satisfacer sus deseos y que pagaba por las drogas que consumía. En segundo lugar, porque también fue acreditado que solo mantenía relaciones sexuales con quién ella quería y, en tercer lugar, porque Lucía tenía 16 años y Farías 23, por lo que sería muy forzado hablar de una situación de desigualdad o superioridad, sobre todo teniendo en cuenta la personalidad de Lucía, quien no se mostraba como una chica de su edad y que además había referido mantener relaciones con hombres de hasta 29 años”.

Recordemos el caso de Nair Galarza, pocas veces vista la cobertura mediática de una persona acusada, imputada, procesada y condenada en tiempo récord por la justicia entrerriana. La misma justicia que soltó con condicional al femicida de Micaela García, víctima de femicidio y abuso sexual, femicida que tenía antecedentes. La joven fue condenada a prisión perpetua por el homicidio de su novio. El hecho ocurrió a finales del 2017.  En el caso de Nahir, la condena también fue mediática y social, pocas veces nos enteramos las intimidades de autores de homicidios, pormenores de su situación de detención. ¿Condena ejemplar? Ojo, si sos mujer, joven y menos aún si tenés ese canon de belleza socialmente impuesto, si llegás a matar, porque la justicia en esos casos es muy justa y severa. O quizás, podemos decir, ojo, ahí sí hay igualdad de género, a varones y a mujeres se les imparte de la misma forma justicia, condena ejemplar, perpetua. La trampa de la igualdad cuando le conviene al patriarcado. 

Anécdotas desde el acompañamiento jurídico en lo cotidiano, que realizamos desde la organización social Matices, son varios y siempre se llega al mismo: el acceso a la justicia para mujeres y jóvenes en temas de familia y violencia de género siempre está obstaculizado. Son revictimizadas constantemente, son víctimas de violencia institucional, no son escuchadas, son condenadas y criminalizadas por ser pobres en ocasiones, son discriminadas por ser disidentes, desobedientes, por no entrar en estándares de moralina que algunos y algunas magistradas tienen, son presas de la “sana crítica” como valoración jurídica.  

Por eso es que, más allá que el Ministerio Público Fiscal de Chubut intente reparar la repudiada analogía (que no se debe utilizar en Derecho Penal para delitos tipificados) del “desahogo sexual doloso”, el abuso sexual agravado por el acceso carnal de varios varones en manada hacia esta joven es, no solo repudiable socialmente, sino que jurídicamente es irremediable remontarnos al viejo término “crimen pasional” para el femicidio. Como cuando en la “emoción violenta” querían enmarcar delitos de contenido sexual y homicidios de varones machistas. Un desahogo es la necesidad de aliviar una necesidad, una violación tiene otra definición y la encontramos en el Código Penal de la Nación. Esas son las valoraciones jurídicas peligrosas de personas que ocupan lugares de poder sin perspectiva de género. 

La justicia podrá tener cuerpo de mujer y una venda en los ojos pero, sin lugar a dudas, las voces de las mujeres y disidencias en busca de justicia se oyen cada vez más fuerte para sacudir las estructuras estancas, estereotipadas y machistas. 

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